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Reglamento
UTUADO FISHING CLUB INC.
PREAMBULO
Nosotros, ciudadanos del pueblo de Puerto Rico, y amantes del
deporte de la pesca, a fin de organizarnos en un grupo formal
sobre una base puramente deportiva y con el propósito de
promover el deporte de la pesca de embalses y ríos de Puerto
Rico y a la vez promover el bienestar general del grupo con la
confianza depositada en Dios todopoderoso, nos unimos en una
agrupación deportiva que llevará el nombre de Utuado Fishing
Club INC. A tales fines, ordenamos y establecemos este
Reglamento Aprobado con el mejor deseo de que nos sirva como
guía en nuestras actuaciones con el firme propósito de servir
a este sano deporte.
Capítulo 1:
Constitución:
Artículo 1:
Esta agrupación se llamará oficialmente “UTUADO FISHING CLUB,
INC.”
Artículo 2: Los fines
de esta agrupación son:
A) Promover actividades recreativas en la
pesca deportiva para niños de educación
especial del área central de Puerto Rico.
B) Promover actividades recreativas en la
pesca deportiva para personas de edad
avanzada
C) El desarrollo y el fomento de la pesca
deportiva de embalses y ríos en todas sus
formas legales
D) Confraternizar con todas las asociaciones
y agrupaciones que practican el
deporte de la pesca en Puerto Rico.
E) Gestionar, asesorar y cooperar con las
correspondientes agencias
gubernamentales sobre la conservación de
la flora, fauna y recursos naturales
de Puerto Rico.
F) Gestionar y asesorar a las
correspondientes agencias gubernamentales sobre
la repoblación de los peces de embalses
y ríos, siembra de nuevas especies,
mantenimiento y limpieza de embalses.
G) Organizar torneos en los embalses de
Puerto Rico.
H) Organizar actividades recreativas y
culturales para los miembros, tales como
organizar conferencias, excursiones y
pasadías, exhibiciones de película, etc.
I) Gestionar con las agencias
gubernamentales correspondientes la promulgación
y aplicacion de leyes de conservación así
como la reglamentación de la Pesca
Comercial y Deportiva en embalses y ríos.
Artículo 3:
La directiva deberá confeccionar la insignia del Club y
someterla a un
referéndum entre los socios para su
aprobación. La misma tendrá un mapa de
Utuado con una lobina en colores.
Artículo 4: Esta
agrupación será estrictamente apolítica y no será permitido
que su nombre
sea usado para fines políticos, sectarios
o religiosos, o para cualquier actividad
que no esté acorde con los adjetivos del
Club. En caso de la disolución de esta
organización los activos se le donaran al
municipio de Utuado.
Capítulo 11
Socios:
Podrán ingresar a ésta agrupación toda persona que llene los
requisitos del reglamento, amante del deporte de la pesca, no
importa su raza, status económico, convicciones religiosas y
política, siempre que sea una persona de probada conducta
dentro de su comunidad.
Artículo 5:
Los socios de esta agrupación se dividirán en tres categorías:
A) Socios Fundadores:
Por socios fundadores se entenderá
todo socio que entre a formar parte de la matrícula antes de
los primeros seis meses de vida de fundada la agrupación.
B)
Socios de Número:
Por socio de número se entenderá todo
socio que entre a formar parte de la matrícula después de los
primeros seis meses de vida de fundada esta agrupación.
C)
Socios Honorarios:
Tendrán el privilegio de esta
distinción todos los ciudadanos que se hayan distinguido de
manera notable con el fomento de la pesca deportiva en general
de Puerto Rico o hayan colaborado notablemente en una forma
sobresaliente en el desarrollo de nuestra organización. Dicha
distinción será propuesta y aprobada por la mayoría de la
matrícula
Artículo 6:
Serán socios activos todos los socios fundadores o de número
que estén al día
con sus obligaciones con el Club. Será admitida
como socia con todos los derechos
de los caballeros toda dama que reúna los
requisitos de ingreso. La esposa de un
socio tendrá los mismos derechos que su esposo,
pero no pagará cuota.
Serán socios pasivos los socios que no estén al
día con sus obligaciones con el Club.
Los pasivos serán automáticamente activos al
ponerse al día en sus obligaciones.
Solamente los socios activos tendrán voz y voto
en las asambleas generales y
podrán Participar en las competencias, torneos y
otras actividades del Club a no ser
que la matrícula disponga lo contrario. Los
hijos menores de 18 años y las esposas
de los socios activos tendrán derecho y
privilegio reglamentados por la matrícula
según consta en el reglamento de torneos.
Socio Foráneo es todo aquel que viva fuera de la comunidad
Utuado. Tendrá voz y voto en las reuniones y se contara para
“quórum” siempre y cuando esté al día con sus obligaciones con
el Club. De no asistir a las reuniones no contara para
“quórum”.
Artículo 7:
Los requisitos para ingreso como socios son los siguientes:
A)
Todo
aspirante socio deberá ser mayor de 18 años.
B)
Ningún
socio o candidato será invitado a ingresar a nuestro Club
hasta que el padrino haya presentado su nombre a la Junta
Directiva. El padrino tiene que ser un socio activo del Club.
Únicamente cuando la Junta Directiva apruebe dicha solicitud,
se podrá invitar dicho candidato a que ingrese a nuestro Club.
De no ser aceptado nunca se enterará el candidato que fue
sometido a consideración para socio del Club.
C)
Se
requiere a todo aspirante a ser socio incluir la entrega de un
certificado de buena conducta reciente con la entrega de la
solicitud de ingreso. Aprobado en enero 2007.
D)
Todo
aspirante a socio deberá participar en 3 torneos como invitado
antes de ser socio.
E)
Licencia
de navegación ( nacidos luego del 1972 ) Ley Num. 430 aprovada
en el 2000.
Artículo 8:
Una vez la Junta Directiva recibe una solicitud de ingreso,
se realiza un detenido estudio de las cualidades del
solicitante antes de tomar una decisión final sobre el caso.
Un candidato será
aprobado si recibe la aprobación de más de la mitad de los
miembros presentados en la Junta y no mas de dos votos en
contra.
Capítulo 111
Cuotas:
Artículo 9:
Los miembros del club pagarán las siguientes cuotas:
A)
Cuotas
Regulares:
Todo socio pagara su cuota en su totalidad $60.00.anuales
Está cuota será pagada dentro del margen de la primera dos
semanas de cada mes. Disponiéndose que esta cuota puede ser
aumentada por la matrícula y que no será mayor de 5.00
mensuales. Todo socio que adeude, luego del aviso pertinente
del Secretario del Club y 30 días después de dicho aviso, si
se ha hecho caso omiso a dicha notificación quedará en
inactivo del Club. Podrán ingresar nuevamente si paga su
totalidad todas las cuotas atrasadas o esperará tres años
inactivo para poder ingresar como socio nuevo pagando su
iniciación y cuota del año. (Aprobado en 1992)
B)
Es compulsorio el pago de $40.00
dólares por los números de los artículos que se regalan
anualmente con fines de levantar fondos para el Utuado
Fishing Club. (Aprobado enero 2007)
1-Es compulsorio que todo socio cumpla
con 4 horas de labor al año
a favor de las actividades o facilidades del Utuado Fishing
Club INC., de no cumplir pagara $40.00 al año equivalente al pago
de las 4 horas compulsorias. Puede ser el socio
ó
su acompañante.
Sera obligación del socio solicitar un recibo por estos
servicios. (aprobado 15-1-2012)
C)
Todo socio que por incapacidad no pueda pagar sus cuotas
quedará exento de pago después de una evaluación por la
Directiva que determinará si es meritorio y el tiempo que le
cubrirá dicha exención. (Aprobado en 1992)
D) Cuota de Iniciación;
La cuota
de iniciación será de $250.00 mas la cuota anual de $60.00.
1-Todo hijo de socio que cumpla 18 años y que viva con sus
padres no pagará la cuota de iniciación si
el padre lleva más de un año en el Club. (Aprobado
enero 2007) Y comprobar que continua
estudiando, de no ser asi pagara la cuota de
$60.00 anuales.(aprobado en el 2009)
Capítulo 1v
Gobierno de la agrupación:
Artículo 10: Para efectos de la
votación en las asambleas generales o extraordinarias,
todos
los socios activos tendrán derecho a un voto.
Artículo 11:
Esta agrupación celebrara su asamblea anual en la segunda
semana de
enero de cada año en el lugar que designe la
matrícula. Para que la Asamblea Anual,
sea legal deberá tener un “Quórum” en el momento
de llamar orden a la asamblea.
De no haber “quórum” se declarara un receso de
treinta minutos. Se volverá a
llamar al orden constituyéndose entonces la
asamblea con los socios presentes.
Artículo 12:
En la asamblea anual, se elegirá entre sus miembros un
Presidente, un
Vice-presidente, un Tesorero, un Auditor, un
Secretario, un Sub-Secretario, tres
Vocales y un Administrador de la Propiedad. Todos
los cargos de la Junta Directiva
serán gratuitos y honoríficos y no serán por menos
un año y no por más de tres años
consecutivos.
Artículo 13:
El Presidente saliente, quedará como asesor de la Junta
Directiva por el
tiempo reglamentario amparándose en el Artículo
12, del Capítulo IV.
Artículo 14:
El Presidente podrá convocar a reuniones de emergencia para
tratar
cualquier asunto que estime conveniente.
Artículo 15:
El Presidente nombrará los comités que crea necesarios.
A)
Director de Torneo
Artículo 16:
Las funciones y deberes de la Junta Directiva serán las
siguientes:
A)
Celebrar una reunión ordinaria todo los meses y reuniones
extraordinarias cuando el presidente lo crea necesario.
B)
Preparar informes periódicos a los miembros de la matrícula de
las actividades de los diversos comités.
C)
Administrar los fondos de la agrupación y rendir cuenta los
miembros de la matrícula en las reuniones una vez al mes.
D)
Establecer relaciones con otras asociaciones deportivas
nacionales o extranjeras.
E)
Tendrá protestad para invitar a Clubes o “Invitados
Especiales” a
Torneos.
F)
El Director de Torneo conjuntamente con la Directiva:
1.
Será parte de la directiva (Aprobado. 1988)
2.
Seleccionara embalses para torneos.
3.
Organizará torneos con otros clubes.
4.
Verificará antes de los torneos si la facilidad está en
condiciones de realizar el torneo.
5.
Dirigirá y será responsable de los torneos.
6.
Juntamente con los jueces de pesaje decidirán cualquier
problema relacionado con el torneo.
G) No se permitiera fumar a nadie mientras que estén llevando
a cabo los trabajos parlamentarios de las reuniones. Los
socios fumadores podrán ser excusados para fumar afuera del
salón de actos, según lo determine el Presidente. (Aprobado en
1992)
Artículo 17:
La Junta Directiva podrá expulsar a cualquier socio y si su
comportamiento
así lo justifica; extendiéndose por
“comportamiento” según se usa en este
reglamento, no sólo cualquier acto de
indisciplina que cometiera un socio en
menoscabo en su propia reputación moral o de
la ética social y deportivas; sino
también con en el cumplimiento de sus
compromisos con el Club.
Artículo 18:
La matrícula se considera legalmente constituida siempre esté
presente una
tercera parte de sus miembros locales activos.
Se entenderá por miembros locales,
los socios residentes en Utuado. Sus acuerdos
se consideraran aprobados y
tendrán fuerza de ley siempre que vote a favor
del mismo más de la mitad de los
miembros presentes. Véase enmienda a sección de
socios foráneos,
Artículo 6
del capítulo II
y aplique aqui también.
CAPITULO V
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 19: Corresponderá al
Presidente las siguientes funciones:
A)
Presidir y dirigir las reuniones regulares y extraordinarias.
B)
Dirigir las discusiones de acuerdo con la práctica usual de un
cuerpo parlamentario.
C)
Firmar con el Secretario las notas de las secciones.
D)
Autorizar con el Tesorero todo desembolso del dinero que se
haga por cuenta del Club.
E)
Tiene que cumplir con los documentos reglamentarios de el club
(EXENCION CONTRIBUTIVA) , de no poder cumplir con estos
requisitos tiene que renunciar a su cargo y el vice-presidente
tomara sus funciones hasta que se convoque una extraordinaria
para elegir un nuevo presidente.
1-Promover
actividades en la pesca deportiva para los niños
de educación especial.
2-Promover
actividades recreativas en la pesca recreativa para personas
de edad avanzada.(aprobada 1-15-2012).
Artículo 20: Corresponde el Secretario:
A)
Ordenar y conservar todo los documentos del Club que sean
relacionado con las finanzas del mismo.
B)
Llevar un libro de actas para las reuniones ordinarias y las
reuniones de la directiva. Llevar además un registro de socio
que incluirá el nombre, dirección, fecha de ingreso de cada
socio, un registro de visitas y una memoria de las actividades
realizadas por Club.
Artículo 21:
Corresponde al Tesorero:
A)
Tiene a su cargo la contabilidad del Club, llevando los
libros.
B)
Recibir y guardar en cuentas bancarias todo los fondos del
Club.
C)
Presentar mensualmente la matrícula un informe de cobro
desembolsos hechos y una
relación
de los socios que tengan cuotas pendientes de pago.
D)
Firmar junto al Presidente todo desembolso que se haga por
cuenta del Club.
E)
Autorizar los recibos de cobros ordinarios.
F)
Enviar cartas de cobro.
Artículo 22: Corresponde al Auditor:
A)
Auditar los libros del Utuado Fishing Club certificando con su
firma y la del Tesorero los informes mensuales de ingresos y
egresos del Club.
B)
Con el Tesorero preparará un proyecto de presupuesto y lo
someterá al Presidente y será probado o enmendado por la Junta
Directiva en pleno.
C)
En los casos que el Auditor determine en sus intervenciones
que ha habido malversación de fondos del Club, este será
responsable de someter la correspondiente querella a la
matrícula y al Fiscal de Distrito que corresponda, a los fines
de que se procese legalmente en la forma que disponga el
Código Penal de Puerto Rico.
Artículo 23:
Corresponde al Vice-Presidente suceder en funciones y poderes
al
Presidente en ausencia de este.
Artículo 24:
Deberes del Ancla:
A)
Corresponderá al hombre ancla,
mantener el orden en todo momento en las reuniones.
B)
Llamara a orden a aquellos socios que no observen la debida
conducta en las reuniones.
C)
Imponer multas al socio llamado al orden. Estas multas serán
no menores de $0.50 ni mayores de $1.00. De no satisfacer el
socio dicha multa dentro de los cinco días siguientes, no
podrá participar de ninguna de las actividades del Club.
D)
Todo socio amonestado por segunda
vez, el hombre ancla tendrá derecho ya otorgado por la Junta
Directiva, de expulsar al socio de la reunión. El socio
expulsado pagara la multa al Club.
E)
Una tercera infracción del mismo
socio, el hombre ancla tendrá derecho a reportarlo por escrito
y dirigida al Presidente de la Junta Directiva. Luego de
estudiado el caso, el socio podrá ser expulsado del Club. Esta
decisión la tomara la Junta Directiva.
ARTICULO
25:
Deberes del Administrador:
A) Supervisar por los mejores intereses
de mantenimiento de los terrenos y
propiedades.
B) Rendir informe mensual y anual por
escrito en las reuniones.
C) Tendra la potestad de elegir a un
ayudante para el mantenimiento de las
facilidades.
Capitulo v1
Elecciones:
Articulo 26:Todos
los miembros de la Junta Directiva serán elegidos por
un periodo de no menos de un año y por no más de tres años
consecutivos.
Artículo 27:
En la Asamblea General Ordinaria Anual se celebrará las
elecciones para el próximo año. La nueva directiva electa
tomara posesión el día de la Asamblea General. (Aprobado
enero 1995)
Artículo 28:
La matrícula nombrara candidatos en las elecciones, si es
posible, tres
candidatos para cada cargo. Se votará
individualmente para cada cargo. Será
electo el candidato que tenga el mayor número
de votos.
Artículo 29:
Las votaciones serán secretas y no se permitirán votos por
delegación.
Artículo 30:
Los candidatos a directores tendrán que estar presente en la
Asamblea para
poder ser electos a no ser por casa justificada
y siempre que presente por escrito su
aceptación al cargo nominado.
Artículo 31:
Para ser Presidente de nuestro Club, debe haber pertenecido a
cualquiera de
nuestras directivas anteriores por lo menos un
año. De no estar disponible ningún
candidato con estos requisitos se escogería
cualquier socio del Club, siempre
cuando sea un socio activo y participante en
las actividades del Club.
Artículo 32:
El Presidente y el Tesorero del U.F.C tienen que ser
residentes de Utuado,
los demás puestos son de libre selección.
(Aprobado enero 2007)
Artículo 33:
El cargo de Presidente no podrá ser ejercido por más de tres
años
consecutivos.
Artículo 34:
Para pertenecer a la Directiva como Presidente o Vice-Presidente
tiene que
Haber pertenecido como socio dos años o más, sin
embargo para cualquier otro
cargo un año o más siempre que sea un socio
activo y partícipe de la actividad de
nuestro Club.
CAPITULO VII.
Artículo 35:
Cualquier socio activo tendrá derecho a recomendar enmiendas a
este
reglamento. Lo hará por mediación del comité de
estatutos y reglamentos.
La someterá por escrito para estudio de dicho
comité. El comité procederá de acuerdo
a las normas reglamentarias de los mejores
intereses del Club. Las mismas se
circularán el día de la Asamblea Extraordinaria
A) Este reglamento se enmendará cada año.
(Aprobado enero 2007)
Artículo 36:
La agrupación de las damas
de los socios del Club de Pesca del Utuado, en
su Capítulo, sólo admitirán como socias a las
esposas de los socios del Club que
deseen ingresar al mismo.
DISPOSICIÓN
final del reglamento:
Cualquier enmienda presentada será aprobada por la matrícula
en la Asamblea General en su Sección Extraordinaria. Las
posibles enmiendas serán sometidas por escrito a la Junta
Directiva por el Comité de Estatutos y Reglamentos. Esto se
hará con no menos de 15 días de anticipación a la fecha de la
Asamblea. Será necesario por lo menos la mitad más uno de los
votos presentes para que las enmiendas a los estatutos sean
aprobadas.
Toda enmienda sometida deberá ir debidamente identificada con
el Capitulo y Artículo que le corresponda para poder ser
aprobada. Deberá seguir el siguiente formato:
Para añadir:
Para añadir al capítulo_____ el artículo
_____.
Para enmendar:
Para que el artículo _____ del capítulo _____ lea de
la siguiente manera:_____ (se escribe lo deseado).
PARA ELIMINAR:
PARA ELIMINAR EL artículo _____ del
capítulo _____.
Aprobado en utuado, puerto rico el 20 de julio de 1991
por;
presidente: Jorge C. pazo
Vice-presidente: ramon mercado
secretario: rafael vega
tesorero: adalberto rodriguez
auditor: edgar salva
vocales: gabriel collazo
pablo ocacio
hector salva
verificado en utuado, puerto rico el 25 de mayo de
1995
por;
presidente: cesar toledo
vice-presidente: cesar pazo
secretario: william morales
director de torneo: manuel rodriguez
socio: mickey rullan
verificado para solicitud de exencion contributiva el 15 de
ENERO de 2012
por;
presidente: jesus m. montalvo oquendo
vice-presidente: vicente gonzales
tesorero: william morales
AUDITOR: manuel rodriguez
Secretaria:
Yoselisse torres
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