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Reglamento 

UTUADO FISHING CLUB INC.

PREAMBULO

Nosotros, ciudadanos del pueblo de Puerto Rico, y amantes del deporte de la pesca, a fin de organizarnos en un grupo formal sobre una base puramente deportiva y con el propósito de promover el deporte de la pesca de embalses y ríos de Puerto Rico y a la vez promover el bienestar general del grupo con la confianza depositada en Dios todopoderoso, nos unimos en una agrupación deportiva que llevará el nombre de Utuado Fishing Club INC. A tales fines, ordenamos y establecemos este Reglamento Aprobado  con el mejor deseo de que nos sirva como guía en nuestras actuaciones con el firme propósito de servir a este sano deporte.

Capítulo 1:

Constitución:

Artículo 1: Esta agrupación se llamará oficialmente “UTUADO FISHING CLUB, INC.”

Artículo 2: Los fines de esta agrupación son:

                 A) Promover actividades recreativas en la pesca deportiva para niños de educación

                     especial del área central de Puerto Rico.

                 B) Promover actividades recreativas en la pesca deportiva para personas de edad

                      avanzada

                 C) El desarrollo y el fomento de la pesca deportiva de embalses y ríos en todas sus

                      formas legales

                 D) Confraternizar con todas las asociaciones y agrupaciones que practican el

                      deporte de la  pesca en Puerto Rico.

                 E) Gestionar, asesorar y cooperar con las correspondientes agencias

                      gubernamentales sobre la conservación de la flora, fauna y recursos naturales

                      de Puerto Rico.

                  F) Gestionar y asesorar a las correspondientes agencias gubernamentales sobre

                      la repoblación de los peces de embalses y ríos, siembra de nuevas especies,

                      mantenimiento y limpieza de embalses.

                 G) Organizar torneos en los embalses de Puerto Rico.

                 H) Organizar actividades recreativas y culturales para los miembros, tales como

                     organizar conferencias, excursiones y pasadías, exhibiciones de película, etc.

                  I) Gestionar con las agencias gubernamentales correspondientes la promulgación

                     y aplicacion de leyes de conservación así como la reglamentación de la Pesca

                     Comercial y Deportiva en embalses y ríos.

Artículo 3: La directiva deberá confeccionar la insignia del Club y someterla a un

                     referéndum entre los socios para su aprobación. La misma tendrá un mapa de

                    Utuado con una lobina en colores.

Artículo 4: Esta agrupación será estrictamente apolítica y no será permitido que su nombre

                     sea usado para fines políticos, sectarios o religiosos, o para cualquier  actividad

                     que no esté acorde con los adjetivos del Club. En caso de la disolución de esta

                     organización los activos se le donaran al municipio de Utuado.         

Capítulo 11

Socios:  

Podrán ingresar a ésta agrupación toda persona que llene los requisitos del reglamento, amante del deporte de la pesca, no importa su raza, status económico, convicciones religiosas y política, siempre que sea una persona  de probada conducta dentro de su comunidad.

Artículo 5: Los socios de esta agrupación se dividirán en tres categorías:

   A) Socios Fundadores:

Por socios fundadores se entenderá  todo socio que entre a formar parte de la matrícula antes de los primeros seis meses de vida de fundada  la agrupación.

B)    Socios de Número:

Por socio de número se entenderá todo socio que entre a formar parte de la  matrícula después de los primeros seis meses de vida de fundada esta agrupación.

C)    Socios Honorarios:

Tendrán el privilegio de esta distinción todos los ciudadanos que se hayan distinguido de manera notable con el fomento de la pesca deportiva en general de Puerto Rico o hayan colaborado notablemente en una forma sobresaliente en el desarrollo de nuestra organización. Dicha distinción será propuesta y aprobada por la mayoría de la matrícula

Artículo 6: Serán socios activos todos  los socios fundadores o de número que estén al día

              con sus obligaciones con el Club. Será admitida como  socia con todos los derechos

              de los caballeros toda dama que reúna los requisitos de ingreso. La esposa de un

              socio tendrá los mismos  derechos que su esposo, pero no pagará cuota.

              Serán socios pasivos los socios que no estén al día con sus obligaciones con el Club.

              Los pasivos serán automáticamente activos al ponerse al día en sus obligaciones.

              Solamente los socios activos tendrán voz y voto en las asambleas generales y

              podrán Participar en las competencias, torneos y otras actividades del Club a no ser

              que la matrícula disponga lo contrario. Los hijos menores de 18 años y las esposas

             de los socios activos tendrán derecho y privilegio reglamentados por la matrícula

             según consta en el reglamento de torneos.

 

Socio Foráneo es todo aquel que viva fuera de la comunidad Utuado. Tendrá voz y voto en las reuniones y se contara para “quórum” siempre y cuando esté al día con sus obligaciones con el Club. De no asistir a las reuniones no contara para “quórum”.

Artículo 7: Los requisitos para ingreso como socios son los siguientes:

A)    Todo aspirante socio deberá ser mayor de 18 años.

B)     Ningún  socio  o candidato será invitado a ingresar a nuestro Club hasta que el padrino haya presentado su nombre a la Junta Directiva. El padrino tiene que ser un socio activo del Club. Únicamente cuando la Junta Directiva apruebe dicha solicitud, se podrá invitar dicho candidato a que ingrese a nuestro Club. De no ser aceptado nunca se enterará el candidato que fue sometido a consideración para socio del Club.

C)    Se requiere a todo aspirante a ser socio incluir la entrega de un certificado de buena conducta reciente con la entrega de la solicitud de ingreso. Aprobado en enero 2007.

D)    Todo aspirante a socio deberá participar en 3 torneos como invitado antes de ser socio.

E)    Licencia de navegación ( nacidos luego del 1972 ) Ley Num. 430 aprovada en el 2000.

Artículo 8: Una vez  la Junta Directiva recibe una solicitud de ingreso, se realiza un detenido estudio de las  cualidades del solicitante antes de tomar una decisión final sobre el caso. Un candidato será aprobado si recibe la aprobación de más de la mitad de los miembros presentados en la Junta y no mas de dos votos en contra.

Capítulo 111

Cuotas:

Artículo 9: Los miembros del club pagarán las siguientes cuotas:

               A)          Cuotas  Regulares:  Todo socio pagara su cuota en su  totalidad $60.00.anuales Está cuota será pagada dentro del margen de la primera dos semanas de cada mes. Disponiéndose que esta cuota puede ser aumentada por la matrícula y que no será mayor de 5.00 mensuales. Todo socio que adeude, luego del aviso pertinente del Secretario del Club y 30 días después de dicho aviso, si se ha hecho caso omiso a dicha notificación quedará en inactivo del Club. Podrán ingresar nuevamente si paga su totalidad todas las cuotas atrasadas o esperará  tres años  inactivo para poder ingresar como socio nuevo pagando su iniciación y cuota del año. (Aprobado en 1992)

                     B) Es compulsorio el pago de $40.00 dólares por los números de los artículos que se regalan  anualmente con fines de levantar fondos para el Utuado Fishing Club. (Aprobado enero 2007)

                        1-Es compulsorio que todo socio cumpla con 4 horas de labor al año a favor de las actividades o facilidades del Utuado Fishing Club INC., de no cumplir pagara $40.00 al año equivalente al pago de las 4 horas compulsorias. Puede ser el socio ó su acompañante. Sera obligación del socio solicitar un recibo por estos servicios. (aprobado 15-1-2012)

         C) Todo socio que por  incapacidad no pueda pagar sus cuotas quedará exento de pago después de una evaluación por la Directiva que determinará si es meritorio y el tiempo que le cubrirá  dicha  exención. (Aprobado en 1992)

         D) Cuota de Iniciación; La cuota de iniciación será de $250.00 mas la cuota anual de $60.00.

           1-Todo hijo de socio que cumpla 18 años y que viva con sus padres no pagará la cuota de iniciación si

            el padre lleva más de un año en el Club. (Aprobado enero 2007)  Y comprobar que continua

            estudiando, de no ser asi pagara la cuota de $60.00 anuales.(aprobado en el 2009)

 Capítulo 1v

Gobierno de la agrupación:

Artículo 10: Para efectos  de la votación en las asambleas generales o extraordinarias,

               todos los socios activos tendrán derecho a un voto.

Artículo 11: Esta agrupación celebrara su asamblea anual en la segunda semana de

              enero de cada año en el lugar que designe la matrícula. Para que la Asamblea Anual,

              sea legal deberá tener un “Quórum” en el momento de llamar orden a la asamblea.

              De no haber “quórum” se declarara un receso de treinta minutos. Se volverá a

              llamar al orden constituyéndose entonces la asamblea con los socios presentes.    

Artículo 12: En la asamblea anual, se elegirá entre sus miembros un Presidente, un

             Vice-presidente, un Tesorero, un Auditor, un Secretario, un Sub-Secretario, tres

             Vocales y un Administrador de la Propiedad. Todos los cargos de la Junta Directiva

            serán gratuitos y honoríficos y no serán por menos un año y no por más de tres años

            consecutivos.

Artículo 13: El Presidente saliente, quedará como asesor de la Junta Directiva por el

            tiempo reglamentario  amparándose en el Artículo 12, del Capítulo IV.

Artículo 14: El Presidente podrá convocar a reuniones de emergencia para  tratar

           cualquier asunto que estime conveniente.

Artículo 15: El Presidente nombrará los comités que crea necesarios.

A)    Director de Torneo

Artículo 16: Las funciones y deberes de la Junta Directiva serán las siguientes:

A)    Celebrar una reunión ordinaria todo los meses y reuniones extraordinarias cuando el presidente lo crea necesario.

B)     Preparar informes periódicos a los miembros de la matrícula de las actividades de los diversos comités.

C)     Administrar los fondos de la agrupación y rendir cuenta los miembros de la  matrícula  en las reuniones una vez al mes.

D)     Establecer relaciones con otras  asociaciones deportivas nacionales  o extranjeras.

E)      Tendrá protestad para invitar a Clubes o “Invitados Especiales” a Torneos.                                                                         

F)   El Director de Torneo conjuntamente con la Directiva:

1.      Será parte de la directiva (Aprobado. 1988)

2.   Seleccionara embalses para torneos.

3.      Organizará torneos con otros clubes.

4.      Verificará antes de los torneos si la facilidad está en condiciones de realizar el torneo.

5.      Dirigirá y será responsable de los torneos.

6.      Juntamente con los jueces de pesaje decidirán cualquier problema relacionado con el torneo.

G) No se permitiera fumar a nadie mientras que estén llevando a cabo los trabajos parlamentarios de las reuniones. Los socios fumadores podrán ser excusados para fumar afuera del salón de actos, según lo determine el Presidente. (Aprobado en 1992)

Artículo 17: La Junta Directiva podrá expulsar a cualquier socio y si su comportamiento

                así lo justifica; extendiéndose por “comportamiento”  según se usa en este

                reglamento, no sólo cualquier acto de indisciplina que cometiera un socio en

                menoscabo en su propia reputación moral o de la ética social y deportivas; sino

                también con en el  cumplimiento de sus compromisos con el Club.

Artículo 18: La matrícula se considera legalmente constituida siempre esté  presente una

               tercera parte de sus miembros locales activos. Se entenderá por miembros locales,

               los socios residentes en Utuado. Sus acuerdos se consideraran aprobados y

               tendrán fuerza de ley siempre que vote a favor del mismo más de la mitad de los

               miembros presentes. Véase enmienda a sección de socios foráneos, Artículo 6

                del capítulo II y aplique aqui  también.

CAPITULO V

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 19: Corresponderá al Presidente las siguientes funciones:

A)    Presidir y dirigir las reuniones regulares y extraordinarias.

B)     Dirigir las discusiones de acuerdo con la práctica usual de un cuerpo parlamentario.

C)     Firmar con el Secretario las notas de las secciones.

D)    Autorizar con el Tesorero todo desembolso del dinero que se haga por cuenta del Club.

E)     Tiene que cumplir con los documentos reglamentarios de el club (EXENCION CONTRIBUTIVA) , de no poder cumplir con estos requisitos tiene que renunciar a su cargo y el vice-presidente tomara sus funciones hasta que se convoque una extraordinaria para elegir un nuevo presidente.

1-Promover actividades en la pesca deportiva para los niños de educación especial.

2-Promover actividades recreativas en la pesca recreativa para personas de edad avanzada.(aprobada 1-15-2012).

Artículo 20: Corresponde el Secretario:

A)    Ordenar y conservar todo los documentos del Club que sean relacionado con las finanzas del mismo.

B)    Llevar un libro de actas para las reuniones ordinarias y las reuniones de la directiva. Llevar además un registro de socio que incluirá el  nombre, dirección, fecha de ingreso de cada socio, un registro de visitas y una memoria de las actividades realizadas por Club.

Artículo 21: Corresponde al Tesorero:

A)    Tiene a su cargo la contabilidad del Club, llevando los libros.

B)    Recibir y guardar en cuentas bancarias todo los fondos del Club.

C)    Presentar mensualmente la matrícula un informe de cobro desembolsos hechos y una

relación de los socios que tengan cuotas pendientes de pago.

D)    Firmar junto al Presidente todo desembolso que se haga por cuenta del Club.

E)     Autorizar los recibos de cobros ordinarios.

F)     Enviar cartas de cobro.

Artículo 22: Corresponde  al Auditor:

A)    Auditar los libros del Utuado Fishing Club certificando con su firma y la del Tesorero los informes mensuales de ingresos  y egresos del Club.

B)    Con el Tesorero preparará un proyecto de presupuesto y lo someterá al Presidente y será probado o enmendado por la Junta Directiva en pleno.

C)    En los casos que el Auditor determine en sus intervenciones que ha habido malversación de fondos del Club, este será responsable de someter la correspondiente querella a la matrícula y al Fiscal de Distrito que corresponda, a los fines de que se procese legalmente en la forma que disponga el Código Penal de Puerto Rico.

Artículo 23: Corresponde al Vice-Presidente suceder en funciones y  poderes al

                       Presidente en ausencia de este.

Artículo 24: Deberes del Ancla:

A)       Corresponderá al hombre ancla, mantener el orden en todo momento en las reuniones.

B)       Llamara a orden a aquellos socios que no observen la debida conducta en las reuniones.

C)       Imponer multas al socio llamado al orden. Estas multas serán no menores de $0.50 ni mayores de $1.00. De no satisfacer el socio dicha multa  dentro de los cinco días siguientes, no podrá participar de ninguna de las actividades del Club.

D)       Todo socio amonestado por segunda vez, el hombre ancla tendrá derecho ya otorgado por la Junta Directiva, de expulsar al socio de la reunión. El socio expulsado pagara la multa al Club.

E)        Una tercera infracción del mismo socio, el hombre ancla tendrá derecho a reportarlo por escrito y dirigida al Presidente de la Junta Directiva. Luego de estudiado el caso, el socio podrá ser expulsado del Club. Esta decisión la tomara la Junta Directiva.

ARTICULO 25: Deberes del Administrador:

                      A) Supervisar por los mejores intereses de mantenimiento de los terrenos y

                          propiedades.

                      B) Rendir informe mensual y anual por escrito en las reuniones.

                      C) Tendra la potestad de elegir a un ayudante para el mantenimiento de las

                           facilidades.

 Capitulo v1

Elecciones:

Articulo 26:Todos los miembros de la Junta Directiva serán elegidos por

un periodo de no menos de un año y por no más de tres años consecutivos.

Artículo 27: En la Asamblea General Ordinaria Anual se celebrará las

elecciones para el próximo año. La nueva directiva electa tomara posesión el día  de la Asamblea General. (Aprobado  enero  1995)

Artículo 28: La matrícula nombrara candidatos en las elecciones, si es posible, tres

                candidatos para cada cargo. Se votará individualmente para cada  cargo. Será

                electo el  candidato que tenga el mayor número de votos.

Artículo 29: Las votaciones serán secretas y no se permitirán votos por delegación.

Artículo 30: Los candidatos a directores tendrán que estar presente en la Asamblea para

               poder ser electos a no ser por casa justificada y siempre que presente por escrito su

               aceptación al cargo nominado.

Artículo 31: Para ser Presidente de nuestro Club, debe haber pertenecido a cualquiera de

               nuestras directivas anteriores por lo menos un año. De no estar disponible ningún

               candidato con estos requisitos se escogería cualquier socio del Club, siempre

               cuando sea un socio activo y participante en las actividades del Club.

Artículo 32: El Presidente y el Tesorero del U.F.C tienen que ser residentes de Utuado,

               los demás puestos son de libre selección. (Aprobado  enero 2007)

Artículo 33: El cargo de Presidente no podrá ser ejercido por más de tres  años

              consecutivos.

Artículo 34: Para pertenecer a la Directiva como Presidente o Vice-Presidente tiene que

              Haber pertenecido como socio dos años o más, sin embargo para cualquier otro

              cargo un año o más siempre que sea un socio activo y partícipe de la actividad de

              nuestro Club.

 CAPITULO VII.

Artículo 35: Cualquier socio activo tendrá derecho a recomendar enmiendas a este

             reglamento. Lo hará por mediación del comité de estatutos y reglamentos.

             La someterá por escrito para estudio de dicho comité. El comité procederá de acuerdo

              a las normas reglamentarias de los mejores intereses del Club. Las mismas se

              circularán el día de la  Asamblea Extraordinaria

             A) Este reglamento se enmendará cada  año. (Aprobado enero 2007)

Artículo 36: La agrupación de las damas de los socios del Club de Pesca del Utuado, en

             su Capítulo, sólo admitirán como socias a las esposas de los socios del Club que

             deseen ingresar al  mismo.

 DISPOSICIÓN final del reglamento:

Cualquier enmienda presentada será aprobada por la matrícula en la Asamblea General en su Sección Extraordinaria. Las posibles enmiendas serán sometidas por escrito a la Junta Directiva por el Comité de Estatutos y Reglamentos. Esto se hará con no menos de 15 días de anticipación a la fecha de la Asamblea. Será necesario por lo menos la mitad más uno de los votos presentes para que las enmiendas a los estatutos sean aprobadas.

Toda enmienda sometida deberá ir debidamente  identificada con el Capitulo y Artículo que le corresponda para poder ser aprobada. Deberá seguir el siguiente formato:

 Para añadir:

            Para añadir al capítulo_____ el artículo _____.

 

 

 

Para enmendar:

Para que el artículo _____ del capítulo _____ lea  de la siguiente manera:_____ (se escribe lo deseado).

 

 

PARA ELIMINAR:

            PARA ELIMINAR EL artículo _____ del capítulo _____.

 

 

 

Aprobado en utuado, puerto rico el 20 de julio de 1991

por;

presidente:                 Jorge C. pazo

Vice-presidente:         ramon mercado

secretario:                 rafael vega

tesorero:                    adalberto rodriguez

auditor:                      edgar salva

vocales:                      gabriel collazo

                                    pablo ocacio

                                    hector salva

verificado  en  utuado, puerto rico  el  25  de  mayo  de  1995

por;

presidente:                    cesar toledo

vice-presidente:            cesar pazo

secretario:                    william morales

director de torneo:      manuel rodriguez

socio:                             mickey rullan

 

verificado para solicitud de exencion contributiva el 15 de ENERO de 2012

por;

presidente:                       jesus m. montalvo oquendo

vice-presidente:               vicente gonzales

tesorero:                          william morales

AUDITOR:                            manuel rodriguez

Secretaria:                       Yoselisse torres

 

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